Causales de Rechazo de las Ofertas

Cuando presentamos una oferta en un proceso de contratación estatal, sin importar su modalidad de selección, debemos tener presentes los aspectos que pueden generar un RECHAZO automático de la propuesta ya que no permite opción de subsanar o corregirlos.

Estas causales de rechazo podemos encontrarlas dentro de los pliegos de condiciones e invitaciones públicas tanto en su etapa de borrador como definitivos. Algunos dependen directamente de la modalidad de contratación, más otros pueden ser similares en todos los procesos.

Este es el Listado de las Causales de Rechazo que te puedes encontrar:

  • La falta de capacidad jurídica para presentar la oferta.
  • No cumplir con los requisitos habilitantes.
  • Cuando no se haya presentado con la propuesta cualquier documento esencial para la comparación objetiva de la misma.
  • Cuando no se encuentre en firme la inscripción o renovación del RUP. (Sobre la firmeza del RUP, deberá tenerse en cuenta lo indicado en la Circular externa única de Colombia Compra Eficiente, que compiló y actualizó el contenido de circulares anteriores; en especial su numeral 6).
  • Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o incompatibilidad para contratar, según lo dispuesto en el Estatuto General de la Contratación de la Administración Pública y demás normas que regulan la materia.
  • Si antes del término de traslado del informe de evaluación, no se cumple con los requisitos habilitantes y/o los requerimientos técnicos mínimos, que deben cumplirse en su totalidad.
  • Cuando el valor de la propuesta supere el presupuesto oficial total
  • Cuando realizada la corrección aritmética descrita en el presente pliego de condiciones se supere el presupuesto oficial total.
  • Cuando el comité asesor y evaluador de la propuesta determine que la propuesta de precios es artificialmente baja.
  • Cuando el plazo propuesto sea diferente al establecido en este pliego de condiciones.
  • Cuando la propuesta siendo total haya sido presentada en forma parcial, incompleta, alternativa o subordinada al cumplimiento de cualquier condición.
  • Cuando la propuesta sea presentada en día y/u hora posterior al cierre establecido en el cronograma del proceso.
  •  Cuando alguna información sustancial de los documentos diferente a la contenida en el RUP, no corresponda a la realidad, o genere confusión o sea contradictoria.
  • Cuando no se aporte la garantía de seriedad de la oferta, junto con la propuesta, en los casos que la entidad la requiera.
  • Cuando el objeto social o actividad mercantil del proponente no corresponda al objeto del proceso de selección. Cuando la propuesta sea presentada por consorcio, unión temporal o cualquier modalidad asociativa prevista en la Ley, la propuesta será rechazada cuando ninguno de sus miembros o integrantes dentro de su objeto social o actividad mercantil tenga relación con el objeto.
  • Cuando el proponente se encuentra reportado en el Boletín de Responsables Fiscales (Artículo 60, Ley 610 de 2000).
  • Cuando el proponente no haya tenido en cuenta en su propuesta las modificaciones al pliego de condiciones que mediante adendas haya realizado la Entidad.
  • Si luego de verificadas y/o evaluadas las propuestas, se encuentra contradicción entre los documentos aportados en la propuesta o entre ésta y lo confrontado con la realidad.
  • Cuando una persona natural o jurídica presente propuesta  y a su vez haga parte de un Consorcio, Unión temporal o Sociedad proponente dentro de este proceso.
  • En general, por cualquier discrepancia, desviación u omisión esencial de la propuesta que se halle con respecto a lo establecido en este Pliego de Condiciones.
  • Cuando un proponente oferte en la presente contratación, y tenga intereses patrimoniales en una persona jurídica que haga las veces de proponente. (es decir, el mismo representante legal en dos o más empresas que presentaron oferta)
  • Cuando un Consorcio o Unión temporal no se constituya en los términos previstos por el artículo 7 de la Ley 80 de 1993.

IMPORTANTE EN LOS PROCESOS EN SECOP II

La propuesta debe ser presentada de manera exclusiva a través de la plataforma transaccional SECOP II, en caso de presentarse por otro medio la misma será rechazada (salvo lo dispuesto en caso de indisponibilidad del SECOP II, de acuerdo con la guía publicada por Colombia Compra Eficiente).

IMPORTANTE EN LOS PROCESOS DE SELECCIÓN ABREVIADA MENOR CUANTÍA 

En caso que el proponente presente oferta sin haber realizado previamente la Manifestación de Interés según indica el cronograma del proceso, su propuesta sera RECHAZADA, de igual forma si presento dicha manifestación de interés pero no resulto favorecido en el sorteo de consolidación de oferentes.

Tienes Dudas?…Déjalas en los comentarios, con gusto te responderé ?

Miyer Sanchez

 

24 Comments

  • Carlos Arturo Olaya Cruz

    junio 20, 2020 - 4:46 am

    Si se establece un valor mínimo como tope de precio artificialmente bajo, en una convocatoria de mínima cuantía, la ley obliga a pedir explicaciones si una propuesta está por debajo?
    O se puede rechazar de un vez?

    • admin

      junio 20, 2020 - 5:59 pm

      Hola Carlos,
      Cuando la entidad dentro de sus pliegos de condiciones establece un tope máximo de descuento para hacer la oferta y establece un precio como artificialmente bajo, LA OFERTA QUE SE PRESENTE EN ESTE PRECIO SERA RECHAZADA INMEDIATAMENTE. e
      Ejemplo: se considera precio artificialmente bajo toda propuesta que oferte por debajo del 80% del presupuesto- en este caso el máximo de descuento que se puede ofertar es el 20%- si el proponente hace una oferta con un 25% de descuento sera rechazado.

      La otra opción es cuando la entidad no establece un tope como presupuesto artificialmente bajo, en este caso cuando la entidad lo considera de esta forma, solicita al proponente que sustente este precio, si la sustentación es satisfactoria para la entidad sera aceptada, de lo contrario la entidad tiene la potestad de rechazar la oferta.

    • admin

      octubre 30, 2020 - 4:54 pm

      hola, la entidad es la que determina el tope máximo para que se considere artificialmente baja.

  • Vladimir

    mayo 21, 2022 - 10:53 pm

    Buenas tardes me gustaria saber si uno puede ejecutar dos contratos de minima cuantia al tiempo con el mismo ente territorial, aclaro que son obras civiles de diferente objetó gracias

  • yanet

    agosto 24, 2022 - 9:40 pm

    buenas tardes que hacer si la siguiente causal de rechazo no se incluyo en el pliego de condiciones Cuando una misma persona natural o jurídica, o integrante de un Proponente Plural presente o haga parte en más de una propuesta para el proceso de selección, y ya se cerro el proceso y se presente un oferente con dos ofertas, ¿conque fundamento en la norma lo rechazo?

    • AsesoriaLicitaciones

      octubre 5, 2022 - 3:28 pm

      hola, es una causal de rechazo que no depende de los pliegos sino de la norma, en ese caso puedes observar el informe de evaluación.

      • Asesoria

        octubre 7, 2022 - 3:10 pm

        Y cual es la norma?

      • AsesoriaLicitaciones

        octubre 28, 2022 - 1:20 am

        ley 80 de 1993

      • Dudas

        octubre 7, 2022 - 3:14 pm

        Teniendo en cuenta dicha situación, como se explica a la entidad que está viciando el proceso que se debe rechazar al proponente que hace parte de dos propuestas

      • AsesoriaLicitaciones

        octubre 28, 2022 - 1:21 am

        por medio de observación basandote en la ley 80 de 1993

  • Fernando Rivas

    septiembre 28, 2022 - 5:41 pm

    Buenas tardes.

    Me gustaría saber si las cartas solicitadas en los Pliegos deben ser entregadas conforme al formato incluido, o bien si se puede modificar el formato, siempre y cuando se manifieste o se haga constar lo solicitado por la entidad en cuestión. ¿Pueden rechazar una carta por no constar en el formato? y, en su caso, cuál es el fundamento legal para rechazar una carta sino consta en el formato incluido en el Pliego.

  • Fernando Rivas

    septiembre 28, 2022 - 5:42 pm

    Buenas tardes.

    Me gustaría saber si las cartas solicitadas en los Pliegos deben ser entregadas conforme al formato incluido, o bien si se puede modificar el formato, siempre y cuando se manifieste o se haga constar lo solicitado por la entidad en cuestión. ¿Pueden rechazar una carta por no constar en el formato? y, en su caso, cuál es el fundamento legal para rechazar una carta sino consta en el formato incluido en el Pliego. Saludos.

    • AsesoriaLicitaciones

      octubre 5, 2022 - 3:26 pm

      Hola, es importante respetar los formatos que comparte la entidad, los cambios se hacen en aquellos parrafos que no aplica para la oferta.

  • lacides Alberto llamas

    noviembre 2, 2022 - 8:41 pm

    Buenas tardes, me podrian ayudar con la siguiente preguta: En un proceso de seleccion abreviada cuando un proponente cambie la UNIDAD de un ITEMS en este caso para la INSTALCION DE UNA MALLA, modifico la unidad de M2 por ML EN EL PRESUPUESTO, en el caso de que esta causal de rechazo por modificar un items, unidad o descrpcion o similar NO esta entre los numerales de causales de rechazo delpliego de condiciones, podria estar dentro de la ley de la contratacion estatal INHABILITAR a este proponente? Agradezco su respuesta

  • Tatiana

    febrero 24, 2023 - 2:50 am

    Buenas noches en una Minima Cuantia no se encontraba un formato establecido y me copie de el estudio de mercado colocando los precios de cada uni de los items que eran Kits dando el valor total de cada kit pero no totalice la oferta por ello me pueden rechazar? en el pliego decia que el valor total no se podia superar pero nada mas

  • andrea Rodriguez

    marzo 23, 2023 - 11:17 pm

    una entidad estatal me envió contrato por prestación de servicios persona natural para aprobación cargue los documentos firme y envié a la entidad para aprobación. Internamente me dicen que van a rechazar sin ninguna causa, es posible que me rechacen sin tener una causal ?

  • Paola

    marzo 30, 2023 - 5:09 pm

    Buen día. Quisiera consultar, en caso tal de que uno de los documentos que se cargó con la propuesta para acreditar requisito habilitante, no abre, porque el proponente asi lo cargo, la responsabilidad recae en el oferente por no cerciorarse de el estado de los documentos que subió y se daría aplicabilidad a estas causales de rechazo?

    -Cuando no se haya presentado con la propuesta cualquier documento esencial para la comparación objetiva de la misma.

    – Cuando la propuesta siendo total haya sido presentada en forma parcial, incompleta, alternativa o subordinada al cumplimiento de cualquier condición.

    • AsesoriaLicitaciones

      abril 13, 2023 - 12:58 am

      Recuerda que todos los requisitos habilitantes son subsanables, en ese caso si el oferente los cargo mal se le debe pedir nuevamente la documentación.

  • Paola Velasquez

    junio 14, 2023 - 7:03 pm

    Buenas tardes, hubo un proceso de minima cuantia en el que no se indico la fecha de ejecucion con claridad sino el nombre del evento y para esa fecha estan los equipos en otro evento, puedo desistir de la adjudicacion sin implicaciones legales para la empresa.

    • AsesoriaLicitaciones

      junio 16, 2023 - 8:51 pm

      hola, si no tiene poliza de seriedad es posible, pero te recomiendo hablar todo con la entidad y exponerle el inconveniente.

  • Diana Osorio

    junio 23, 2023 - 10:12 am

    Hola buenos dias, si el formato de la propuesta economica no venia para totalizar y yo la totalizo es una causal de rechazo?, de ser asi en donde la norma señala esto, ya que yo lo asumo como una mera formalidad que en nada afecta los valores unitarios de los ITEMS ni tampoco supera el valor del presupuesto oficial. muchas gracias

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