Incentivos en Procesos de Contratación en favor de personas con Discapacidad.

El Departamento Nacional de Planeación DANE por medio del decreto 392 de febrero de 2018 reglamento los incentivos que se otorgaran en procesos de contratación en favor de personas con discapacidad desde el pasado 1° de junio de 2018.

¿En que modalidades de contratación se asigna puntaje adicional?

…Para incentivar el sistema de preferencias a favor de las personas con discapacidad, las entidades estatales deben otorgar un uno por ciento (1%) del total de los puntos establecidos en el pliego de condiciones en los procesos de Licitación Publica y Concurso de Méritos, a los proponentes que certifiquen la vinculación de trabajadores  con discapacidad en su planta de personal.

¿Cuales son los requisitos para acceder a este incentivo?

  1. La persona Natural, el representante legal de la persona Jurídica o el revisor fiscal, según corresponda, certificara el numero total de trabajadores vinculados a la planta de personal del proponente o sus integrantes a la fecha de cierre del proceso de selección.
  2. Acreditar el numero mínimo de personas con discapacidad en su planta de personal, de conformidad con lo señalado en el certificado expedido por el Ministerio de Trabajo, el cual debe estar vigente a la fecha de cierre del proceso de selección.

…Se asignara el 1%, a los proponentes que acrediten el numero mínimo de trabajadores con discapacidad según la siguiente tabla:

Numero total de trabajadores de la planta de personal del proponente.

Numero mínimo de trabajadores con discapacidad exigidos.

Entre 1 y 30 1
Entre 31  y 100 2
Entre 101 y 150 3
Entre 151 y 200 4
Mas de 200 5

¿Como aplica este incentivo para proponentes plurales?

Cuando la oferta es presentada por consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura, se tendrá e cuenta la planta de personal del integrante del proponente plural que aporte como mínimo el cuarenta por ciento (40%) de la experiencia requerida en el proceso de contratación.

Para el seguimiento de este requisito durante la ejecución del contrato la entidad estatal por medio del interventor o supervisor designado, realizara verificación por medio de la revisión de los certificados expedidos por el Ministerio de Trabajo, los cuales deben ser aportados por el contratista, demostrando que mantiene en su planta de personal el numero de trabajadores con discapacidad que le dieron lugar a la obtención de puntaje extra.

En caso de reducción de numero de personal con discapacidad acreditado para obtener puntaje adicional en el proceso de selección, se determinara como incumplimiento del contrato por parte del contratista, lo cual dará lugar a las consecuencias de incumplimiento previstas en el contrato y en las normas aplicable.

 

 

 

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